Ahora Leyendo
Los procesos de las reducciones de los pueblos Lupaca de Chucuito en su temprana historia colonial (1540 – 1574).
Descargar revista actual

Los procesos de las reducciones de los pueblos Lupaca de Chucuito en su temprana historia colonial (1540 – 1574).

Por: W. Jony Rodríguez Arizaca.

El presente trabajo identifica los intentos y/o antecedentes de la política reduccionista llevada a cabo en el territorio de los Lupaca de Chucuito, en la temprana historia colonial entre 1540 y 1574. Explica, además, los procesos del ordenamiento de la población de Chucuito en las reducciones toledanas de 1574, establecidas por ordenanzas reales.

La premisa política de la que partieron los españoles para empezar las primeras reducciones de indios estuvo dada por la idea de “policía” ([i]). Esta se conceptualizó bajo las ideas de orden,  limpieza, adorno de las ciudades y con oficinas del gobierno municipal ([ii]). El virrey Diego López de Zúñiga, conde de Nieva, decía: “al hacer juntar en pueblos grandes los indios que están dispersos por los montes, ellos podrán tener policía” ([iii]).

En consecuencia, las reducciones de indios se hicieron para establecer la policía y llevarlos al ámbito de la vida en las villas rurales. Es decir, concentrar a la población indígena dispersa, facilitando el control por parte de la Corona española, la evangelización por parte de las órdenes religiosas y la recaudación de tributos. Así y por esa razón, a los nacientes pueblos de indios constituidos se les llamó “reducciones”, porque las múltiples comunidades dispersas empezaron a reducirse a un número menor.

En el Collao, la zona occidental del Lago Titicaca, lugar mítico sobre el que asomaban importantes santuarios prehispánicos, se llevó también este proceso del ordenamiento de los indios a las nuevas reducciones, se le llamó la reducción de la provincia de Chucuito que ciertamente, ha merecido un interés y atención particular, desde los primeros periodos de la conquista.

A saber, la corona española había emitido más de una real cédula a efectos de reclamar las repartijas. Por ejemplo, se sabe de las reales cédulas del 8 de marzo de 1533, las del 21 de mayo de 1534 y del 6 de noviembre de 1535 al que la historia atribuye el origen de la encomienda real de Chucuito ([iv]).

Tales hechos, permitieron pues a la región, estar exenta del sistema de encomiendas, aunque la conducta ávara de Francisco Pizarro había entorpecido de alguna manera estas ordenanzas, reservándose la tenencia de Chucuito para sí, hasta que, a raíz de otras disposiciones superiores ([v]) situaciones coyunturales, decidió complacer al Rey, declarándola “encomienda propiedad exclusiva del Rey Carlos V de España” ([vi]) y obligándose él mismo llegar a Chucuito, a delimitar la provincia en 1539 ([vii]).

Desde entonces, Chucuito llegó a depender directamente del Rey de España, sin encomenderos privados que actuaran de intermediarios ni otros aventureros. Los tributos de sus caciques y pobladores eran directamente entregados a la corona española, la misma que fue administrada por oficiales reales. Y, como era encomienda real, no se pudo en ella fundar villas ni pueblos, sino, reducciones de modo semejante a aquellos lugares que mayor posibilidad de obtención de mano de obra y riquezas ofrecían ([viii]).

Desde las reducciones de doctrina que fueron hacia 1549, el Virrey Francisco de Toledo será quien dé el nuevo impulso al proceso, configurando el ordenamiento del Collao colonial. En adelante, las «siete cabeceras» lupaca constituirán los siete pueblos de reducciones coloniales.

En tal sentido, el presente trabajo esboza los intentos y/o antecedentes de la política reduccionista llevada a cabo en el territorio de los lupacas de Chucuito en la temprana historia colonial, entre 1540 y 1574. Es decir, explica el proceso de ordenamiento de los indios de Chucuito en la reducción toledana de 1574.

LA REDUCCIÓN POR LOS FRÁILES DOMINICOS LLAMADO PUEBLOS DE DOCTRINA

Muchos autores afirman que los principales promotores de las reducciones de indios en el virreinato peruano fueron los primeros doctrineros, en particular los jesuitas ([ix]). Y sin duda, en Chucuito, las primeras reducciones fueron impulsadas por los frailes dominicos, quienes promovieron la congregación de las poblaciones indígenas disminuidas en pueblos de concepción hispana, a fin de facilitar su evangelización. El testimonio de Ramírez de Cartagena decía que “los dominicos habían logrado mucho poder en la zona”([x]) y razón, no le faltaba. Como prueba, dejaron sus templos en muchos pueblos de la región.

Fue hacia 1544 cuando Fray Tomás de San Martín, en su calidad de presidente del capítulo provincial ([xi]), en su segunda visita al Collao, decidió intervenir decididamente en Chucuito. Vino acompañado de otros como fray Domingo de Santo Tomás, Andrés de Santo Domingo y Domingo de Santa Cruz, a quienes dejó en Chucuito para que cumplieran acciones evangelizadoras en la región ([xii]). Hacia 1546, ya se habían incrementado más predicadores, tanto que en la provincia entera estaban ya asistidos por doctrineros. Como dice Norman Meiklejohn (1988) “la presencia formal de los dominicos en Chucuito quedó asegurada [recién]([xiii]) en 1547, después que el capítulo provincial de 1544, precedido por Tomás de San Martín, resolviera enviar a los frailes allí”.

Sin duda, estos frailes que estuvieron en Chucuito fueron los que advirtieron las dificultades surgidas por la distancia entre las aldeas indígenas, dando origen a la necesidad de una política reduccionista para la concentración de indígenas en pueblos de indios o pueblos de doctrina en las demarcaciones religiosas asignadas.

Así, los pueblos lupaca de Chucuito fueron encomendados a estos doctrineros dominicos, quienes dividieron sus posesiones o reparticiones de catequización ([xiv]), sobre todo a partir de la Real Cédula de 1548, cuando se hicieron las reducciones en aquellas demarcaciones religiosas que originaron en el futuro las «siete cabeceras» lupaca o los siete pueblos de reducción de doctrinas.

Escogieron para ello las aldeas nativas preexistentes que estuviesen pobladas, a las cuales denominaron “pueblos de doctrina” o “cabezas de doctrina” ([xv]). Estas demarcaciones religiosas se coligen que fueron bautizados con nombres santorales, conservándoles a la par el nombre autóctono. Fueron estas: Santo Domingo de Chucuito, San Pedro y San Pablo de Acora, San Miguel de Ilave, San Pedro de Julio, Santiago de Pomata, Santiago de Yunguyo, San Pedro de Zepita.

Por consiguiente, fue en esta época que se hizo la primera reducción española de los pueblos de Chucuito, tal como sostiene José Portugal Catacora (aunque adelanta la fecha), aludiendo al dominico fray Tomas de San Martín, el haber establecido en Chucuito, Ácora, Ilave, Juli, Pomata y Zepita, parroquias para el adoctrinamiento de los nativos, indicando que “de aquel entonces data la formación española de los pueblos de Chucuito” ([xvi]).

Lo que no sabemos es si estos religiosos hicieron el asiento con las formalidades rituales como colocar picota, distribuir los solares, y otros que eran indispensables en toda toma de posesión española. O, en todo caso, simplemente se ciñeron a una provisión expedida en Granada el 17 de noviembre de 1525 por el Rey Carlos V que había ordenado que la fundación de pueblos españoles: “la hagan de acuerdo y parecer de los oficiales reales, y el de los dichos religiosos que fueran con ellos”.

Si bien carecemos de descripciones detalladas de estas obras llevadas por los dominicos, se intuye que se definió el primer trazo urbano. Es decir, se estaban sentando los antecedentes de un modelo de sociedad indo-española con cierta autonomía frente a las encomiendas de particulares.

Fray Tomas de San Martín

El testimonio de Ramírez de Cartagena decía que “los dominicos habían logrado mucho poder en la zona” ([xvii]) y razón no le faltaba. Se ordenaba la construcción de iglesias en los pueblos de indios y que, de los tributos que éstos pagaban, se reservara parte para contratar a un clérigo o civil que los doctrinara. Así, a lo largo del camino del Cusco a Potosí, el sistema colonial no solamente había establecido misiones católicas con el propósito religioso, sino, también encomenderos o alguaciles en el caso de Chucuito.

El asentamiento posterior devino, gracias a los reclamos de los religiosos sobre las dificultades surgidas en la evangelización por la distancia entre las aldeas indígenas, en el pronunciamiento explícito de la Corona.

REPARTIMIENTO DE 1549: PRIMERA REDUCCIÓN DE LOS PUEBLOS DE CHUCUITO POR MANDATO REAL

Tras los desórdenes provocados por las Guerras Civiles, seguida de un importante descenso demográfico y numerosos inconvenientes administrativos en el Virreinato del Perú, en 1548 se planea una nueva política de reasentamientos. Se trata de la nueva disposición política de repartimiento territorial y reorganización sociodemográfica dada por Pedro de la Gasca, aunque fue limitada a unos pocos casos por los desórdenes provocados por las guerras.

Finalmente, en 1549, el rey de España, de acuerdo con los miembros de su Consejo, había librado una provisión con fecha 9 de octubre dirigida a la Audiencia del Perú, en la que ordenaba de que luego de consultar con los miembros de la Iglesia se provea la mejor manera de que los indígenas se reduzcan a pueblos (Matienzo, 1967: 22).

«(…) los yndios este [n] en pueblos juntos e no derramados (…) como se hace e acostumbran hazer en la provincia de Trascala», en el Virreinato de Nueva España (Málaga Medina, 1993:274).

Entonces, la Audiencia promulgó unas ordenanzas en las que disponía que se cumpla lo ordenado por el rey, pero, no se pudo concretar nada debido a las guerras civiles y a la tenaz oposición de los encomenderos (Málaga Medina, 1974: 152).

En Chucuito, a partir de los resultados iniciales de la política reduccionista emprendida por los frailes doctrineros y por ser encomienda real, todas las medidas efectuadas en ella tenían que atenderse a las obligaciones del rey. Por tanto, esta disposición debió haberse cumplido, aunque con resultados dispares, y tuvo que ser una de las primeras medidas formales impuestas para la reducción de los pueblos del territorio Lupaqa de Chucuito ([xviii]).

Tal hecho, se colige con Rodrigo de Esquivel, comisionado del licenciado Pedro de la Gasca, quien se encargó de este acontecimiento de Chucuito de 1549 ([xix]). En 1549, el licenciado Pedro de La Gasca escribiría al rey, que como producto de la reducción de algunas cargas y de la protección garantizada, los indios “se salen de los montes y escondrijos, y vuelven á sus pueblos y pueblan y hacen sus sementeras cabe los caminos y no huyen de la manera que solían hacer de los españoles caminantes, ántes empiezan ya á salirles á venderles lo que tienen…” (Levillier 1921-1926, I: 210).

Se supone que, la implementación de esta nueva disposición política de Congregación de las disminuidas poblaciones indígenas a pueblos de concepción hispana fue un proceso complejo y que varió de una zona geográfica a otra, dependiendo de la voluntad y eficiencia de los diversos caciques y doctrineros.

Por ejemplo, para Zepita se conservan las Actas Capitulares del 27 de agosto del año 1549, donde la Corona Española declara su fundación, mediante el “Cabildo de Cepita”; en la persona del Capitán Alonso de Mendoza, su corregidor que regentaba el corregimiento de La Paz al que pertenecía toda la jurisdicción de Chucuito.

Lamentablemente, de los otros seis pueblos cabeceros, no se han conservado tales documentos hasta nuestros tiempos o es que, simplemente, no existen. Lo único que se sabe es que, dos años más tarde, su tasación estaba dispuesta para estos pueblos el 21 de marzo de 1551 ([xx]) y, al igual que en 1555, mandada por el Virrey Hurtado de Mendoza Marqués de Cañete ([xxi]).

Sin duda, esta reducción fue llevada por los primeros frailes dominicos asentados ya en Ácora y los españoles conquistadores partidarios de La Gasca, en las personas de Rodrigo de Esquivel y Alonso de Hinojosa ([xxii]) y otros funcionarios del corregimiento de La Paz, al cual fueron sufragáneos.

Pueblos Lupaca

Seguramente las autoridades y representantes, en ceremonial procesión que la oportunidad exigía, ubicarían el lugar donde se establecerían las diferentes y futuras instituciones, haciendo la distribución urbana en cuadrículas, pues, así era el sistema español por entonces ([xxiii])

Debió haber intervenido en ella el dominico Fray Domingo de Santo Tomás ([xxiv]) para priorizar la repartición y la construcción de las iglesias en estos pueblos cabecera del territorio Lupaca, pues, fue en aquella época que se ordenaba la construcción de iglesias en los pueblos de indios y que de los tributos que éstos pagaban a sus encomenderos (en el caso de Chucuito a la corona española) se reservara parte para contratar a un clérigo o civil que los doctrinara.

Así, a diferencia de las fundaciones españolas peruanas, las reducciones de los pueblos de Chucuito no fueron centros eminentemente administrativos, sedes de cabildos, corregimientos, etc., por encontrarse en la encomienda del rey.

Las fuentes de disposiciones generales que emanaron de la Corona nos llevan a afirmar que, las reducciones de Chucuito eran básicamente para priorizar la repartición de adoctrinamiento, mas no se trató de una sede administrativa, ya que los pueblos del territorio Lupaca, seguían dependiendo directamente del cacicazgo mayor de Chucuito, llamado para entonces Gobernación de Chucuito, adscrito al corregimiento de españoles de La Paz. Para cuya administración, De la Gasca ya había nombrado a Diego de Mercado, quien gobernó desde Arequipa.

Ignoramos quiénes fueron los primeros vecinos españoles de esta época, aunque con anterioridad a esta fecha, encontramos a los soldados Carvajal y Aguilar que tenían por morada a este pueblo y algunos alguaciles de tambo, y frailes que se asentaron.

En 1549, cuando Cieza de León se dirige a Tiwanaku por el camino real incaico, describe el territorio de Chucuito y enumera todos los pueblos cabeceras asentados, con la excepción de Yunguyo por no estar en la ruta del camino real. Describe en su crónica el despliegue de capillas que debieron edificarse para atender (sin demasiado éxito, por cierto) a la dispersa feligresía de cada una de las reducciones cuyos linderos sobrepasaban las 25 leguas de perímetro.

“… [Chucuito], en este tiempo es (como digo) la cabecera de los indios de su majestad, cuyos pueblos se nombran, Xuli [Juli], Chilane, Acos, Pomata, Cepita, y en ellos hay señores y mandan muchos indios. Cuando yo pasé por aquella parte era corregidor Ximón Pinto y gobernador don Gaspar, indio harto entendido y de buena razón. Son ricos de ganado de sus ovejas y tienen muchos mantenimientos de los naturales”[xxv]. Y agrega “En los pueblos ya dichos hay iglesias muy labradas, fundadas por las más por el reverendo padre fray Tomas de San Martin…” ([xxvi]).

Seguramente que estas reducciones no prosperaron. Los indios no estaban acostumbrados a vivir en reducciones y, los españoles, unos no se aclimataron tan fácilmente, otros, como eran soldados y frailes, tenían que cumplir misiones de campaña y salir constantemente del lugar. No obstante, para algunos, de hecho, pudo más el sueño por el oro.

LA REDUCCIÓN LLEVADA POR ORDENANZA REAL EN 1565

Iniciando la segunda mitad del siglo XVI, en los Andes, la sociedad colonial creada desde la conquista entró en crisis a lo largo de la década de 1550 y parte de 1560. Tras un período de epidemias se presenta un importante descenso demográfico y la economía sustentada en el aprovechamiento de las encomiendas parecía colapsar (Stern, 1986:83).

El Virrey Diego López de Zúñiga y Velasco, conde de Nieva (1561-1564), a los escasos años de su gobierno, se vio envuelto en serios actos de corrupción y cohecho para incrementar sus recursos económicos. Fue denunciado por despilfarrar los caudales públicos y por fornicar abiertamente. Todo ello desató el odio del grupo de conquistadores y de los hijos de éstos, tornándose en bandos rebeldes. En realidad, estos disgustos fueron en aumento. Los enfrentamientos son siempre por la repartija de indios y por las riquezas de estos.

Tanto que las resonancias de tal incertidumbre llegaron hasta la corte española, quien determinó, por Real Cédula del 27 de febrero de 1563, que se prohíba a los oficiales reales de Lima que pagaran los libramientos del virrey sin previa licencia real y, por primera vez, se conminaba a un virrey a vivir con “más recatamiento”. En realidad, una ola de intranquilidad social conmovió al virreinato en esta época de ensayos administrativos ,reflejada en las traidoras guerras civiles entre “conquistadores” y las protestas de la población indígena que dio muestras de su descontento, a tal punto que prácticamente se perdió todo control.

Es ante esta emergencia y al no haber virrey en el Perú, fue que el Rey Felipe II, en 1563, nombró en España a Lope García de Castro ([xxvii]) para que asumiera el cargo de gobernador del Perú, capitán general y presidente de la Real Audiencia, quien llegó al Perú en sustitución del virrey Conde de Nieva.

Lope García de Castro, estando en Lima en 1564, se enteraría de que, en verdad, los indios del Perú trataban de levantarse y que había serias denuncias de corruptela. Novedades que por cierto llevarían a determinar que la causa de estas alteraciones era que los indígenas seguían desperdigados y faltos de medidas firmes, lo cual contribuía a la persistencia de sus idolatrías y prácticas culturales tradicionales ([xxviii]).

De Chucuito, Bernaldino de Romaní, factor y veedor de Chucuito, había denunciado ante el Concejo de Indias mediante un alarmante y detallado documento, desfalques de los ingresos a los fondos de la Hacienda Real del Virreinato peruano y evasiones por parte de los naturales. Exactamente había opinado que veintidós mil pesos que tributaban los indios de Chucuito —hasta entonces— eran muy poco para España, frente a la riqueza que tenían estos ([xxix]).

De esta manera, la corona española a través del Lope García de Castro dispuso que se iniciaran las visitas a las provincias. Así por Cédula Real del 23 de setiembre de 1565 ([xxx]), el rey de España había ordenado que dicho Licenciado dé orden y provea de una persona de confianza, para que vaya a la provincia de Chucuito y haga información particular de la cantidad de indios que hay en ella, y de las granjerías de minas, ganado y labranzas, y de lo que cada uno de ellos puede pagar su tributo.

En cumplimiento de esta orden, el licenciado Lope García de Castro, por cédula de fecha 2 de diciembre de 1566, designó como visitador de la provincia de Chucuito a Garci Diez de San Miguel, nada menos que ex corregidor y amigo de Lope García de Castro.

Según Ayala (2009:25), dispuso la Corona el 30 de noviembre de 1564 que Lope García de Castro, realizara un trabajo excepcional y rápido de constatar la veracidad de la denuncia y enviar un informe detallado para, según eso, determinar el incremento de los impuestos ([xxxi]). Y, según el mismo autor, la ambición por la riqueza habría hecho que este personaje prestase atención a la denuncia de Romaní y “llegase hasta Chucuito para determinar un nuevo reordenamiento poblacional” ([xxxii]).

Lope García de Castro

Cualquiera que haya sido la razón, ordinariamente Lope García de Castro ordenó firmemente una segunda reducción en los pueblos de Chucuito[xxxiii] (concretamente para que “viviesen el policía”) ([xxxiv]), en su propósito de someter a una nueva estructura urbana el desenvolvimiento político-administrativo de ellas, al comprobar que los nativos seguían viviendo en forma disgregada.

Aunque los historiadores dudan de cuántas reducciones y cabildos fueron establecidos bajo el gobierno de García de Castro, está claro que los comisionados ([xxxv]), tenían órdenes expresas de reducir en poblados a los naturales. Por lo tanto, ateniéndose al sentido de las instrucciones reales que traían, ordenaron un nuevo reordenamiento de los indios en las aldeas cabeceras ([xxxvi])

En Chucuito, se tiene noticias de que se dispuso que Pedro Mejía, corregidor de españoles de Chucuito, y don Gerónimo de Silva, corregidor de indios de este, dieran cumplimiento a tal medida. Aunque también se dice que fue Garci Diez de San Miguel quien habría llevado aquel acontecimiento hacia 1565 en su calidad de corregidor de indios de Chucuito, antes de que fuera encomendado como visitador de la provincia en 1567 ([xxxvii])

Las ordenanzas que dio el gobernador García de Castro a los corregidores de indios eran explícitas; se les exhortaba a que tengan una participación activa en la congregación de los naturales por medio de la fundación de reducciones, puesto que eran las unidades políticas de su circunscripción territorial. Asimismo, el magistrado tenía que supervisar la instalación de los cabildos indígenas en cada reducción.

Los que desempeñaron tal función (demarcación de plazas, calles, etc.) seguramente fueron el dominico Francisco de San Miguel, Provincial de Chucuito; Tomás Román, prior del Convento de San Vicente de Chucuito; los caciques de los siete pueblos cabeceras, pueblo en general y, los doce frailes asociados a Tomás Román quienes también aprovecharon para fundar la casa de convento de Ácora.

Si bien no se guarda el acta de este acontecimiento, la fecha está fijada en el 25 de octubre de 1565 según los historiadores regionales ([xxxviii]). Los pueblos de reducción de aquella ordenanza fueron: Chucuito, Ácora, Ilave, Juli, Pomata, Yunguyo y Zepita. Es allí donde trasladaron obligadamente a los lupacas de los ayllus cercanos donde ancestralmente vivían.

Seguramente que este éxodo obligado de los indígenas al pueblo señalado duró algo más de dos años. Recién en 1567 se pudo hacer el censo y la nueva matrícula de indios con Garci Diez de San Miguel, amigo y comisionado de Lope García de Castro.

Finalmente, en 1569, al mismo tiempo que nombraba corregidores ([xxxix]), Lope García de Castro, ordenó que los pueblos del Collao se dividiesen en corregimientos o provincias y a su vez, estas se dividan en partidos o repartimientos. Se mandó a establecer los corregimientos de Paucarcolla, Chucuito, Orcosuyo, Asillo, Azángaro, Cabana y Cabanillas, Carabaya y Caracollo, aunque Alfonso Torres Luna (1935) cree que fue con el Virrey Francisco de Toledo ([xl]).

Así, el licenciado Lope García de Castro intentó establecer una amplia red de alcaldes indígenas a través de una nueva y ambiciosa campaña de reducciones que fue de la mano con la creación de una nueva y poderosa clase de oficiales reales. Es decir, los corregidores de indios.

LA REDUCCIÓN TOLEDANA DE 1570 Y 1574

Hacia 1569, el territorio Lupaqa y el virreinato del Perú organizados en corregimientos o provincias. A su vez, estas estaban divididas en partidos o repartimientos. Sin embargo, la llegada de Francisco de Toledo provocó un nuevo reordenamiento espacial e institucional de los grupos andinos entre 1570 y 1575.

Virrey Francisco de Toledo

Exactamente fue el 7 de noviembre de 1573 cuando el Virrey Francisco de Toledo promulgó en Quilaquila (La Plata) la «Provisión para llevar a la práctica las reducciones».  Este hecho no era novedoso,  las primeras normativas en ese sentido databan de poco antes de mediados del siglo, pero la intervención de Toledo dará un nuevo impulso al proceso, configurando el ordenamiento del Collao colonia.

En Chucuito, como hemos visto, las reducciones ya habían sido recomendadas por la Real Audiencia de Lima en octubre de 1549 y dispuestas por real cédula del 21 de marzo de 1551 y, además, el anterior gobernador Lope García de Castro, había ya dispuesto tal medida. De manera que no fue éste el primer intento hispano de reducir a las poblaciones indígenas «a policía» como algunos intentan explicar, aunque sí lo fue en el tamaño de la empresa y su sistemática implementación.

En realidad, hasta entonces, la Corona española no hallaba cómo superar la crítica situación caracterizada por el enfrentamiento con la Audiencia, los abusos generalizados, el incumplimiento de las normas, la falta de respeto a la autoridad, la inaplicación de las leyes, la miseria y dispersión de los indígenas, el abandono de las minas y las rebeliones de españoles, criollos e indios. En síntesis, no hallaba cómo gobernar e implementar políticas públicas en el vasto territorio conquistado.

Ante esta situación que se tornaba casi incontrolable para un país tan grande, la Corona española se vio obligada a generalizar la política de reasentamientos. Para ello, el elegido fue nada menos que Francisco de Toledo ([xli]), el temido y el más radical, quien llegó como quinto virrey del Perú. Vino con la misión de fiscalizar, imponer las nuevas tasas tributarias de acuerdo con un estricto cálculo, consolidar los derechos y privilegios reales frente a los encomenderos y exterminar definitivamente las recurrentes sublevaciones indígenas tal como se pueden colegir en las llamadas Ordenanzas del virrey Toledo, con las que se establecieron las bases del sistema colonial que perduró hasta el siglo XVIII.

Llegó Toledo al Perú hacia fines de 1569 y, desde el inicio de su gobierno hacia 1570, entendió que para llevar a cabo tales políticas o medidas que hicieran posible incrementar el poder real, era necesaria una modernización de la administración. De ahí que efectuó una ardua tarea de reconocimiento personal de los dominios de su jurisdicción con esforzadas caminatas de experiencia directa que le valió para sus Provisiones. A estas caminatas, la historia las conoce como “la visita general” que Toledo llevó a cabo acompañado de dos cronistas oficiales: Polo de Ondegardo y Sarmiento de Gamboa ([xlii]).

Primero las hizo en las jurisdicciones de las provincias de Huamanga y Cuzco, con breves lapsus en que tenía que sofocar y librar escaramuzas ofrecidas por los naturales ([xliii]). Estuvo en el Cuzco desde mediados de febrero de 1571 y permaneció en ella hasta el 5 de octubre de 1572 llevando una estadía llena de acontecimientos, obtención de información y labor de disposiciones administrativas.

Al Collao partió del Cusco el 5 de octubre de 1572 ([xliv]) pasando los por los pueblos de: Checacupe, Chucuito, Juli, La Paz, Potosí y La Plata de la Provincia de Charcas. Y, fue en ese trayecto que Lope García de Castro, anterior gobernador, que retornaba de inspeccionar la Audiencia de Charcas le dio los pormenores.

A Chucuito llegó en los primeros días del mes de noviembre de 1572; el día fijado es el 7 de noviembre y permaneció hasta el 12 de diciembre del mismo año ([xlv]). Allí, se encontró con el Licenciado Recalde, a quien la Audiencia de Charcas había comisionado para visitar las doctrinas de los religiosos dominicos de Chucuito (Lissón, 1944, II, p. 642). También le informaron que la gente de la provincia hablaba dos lenguas diferentes: las mujeres hablaban puquina y los hombres aymara ([xlvi]). Se entera de que los dominicos ya habían edificado casas y monasterios en cada cabecera ([xlvii]) y se convence él mismo de que la división administrativa estructural estaba en siete cabeceras. Bautizaría también a Chucuito como la “ciudad de los Reyes y de las cajas reales” ([xlviii]); aparte de conferenciar con los curas dominicos, deja advertida la fijación de una nueva tasa de tributos y dispone que se haga el reordenamiento demográfico, la reestructuración de los “reductos” y la creación de los “pueblos indios” ([xlix]). Parte, entonces,  con dirección a La Paz y Potosí.

Los comisionados para esta tarea fueron: Pedro Gutiérrez Flores ([l]), Juan Ramírez Zegarra ([li]) Luis [García] y otros que hicieron la reducción, los repartos, previa visitas de indagación al interior y a las doctrinas de los pueblos lupacas de Chucuito la cual terminó más o menos hacia fines de marzo de 1573, según una carta de Toledo fechado el 2 de abril de 1573 desde Potosí ([lii]).

Hacia el 5 de enero de 1574, tras los informes de los visitadores, Toledo ordenaba que se hagan las reparticiones y la tasa correspondiente ([liii]). Para ello, en Chucuito se fijó que el 29 de marzo de 1574, cuando caciques y principales se reuniesen en Juli, por ser el centro de la provincia. Allí los comisionados Pedro Gutiérrez Flores, Juan Ramírez Zegarra y más, por lengua (interprete) de Agustín Quipa y Lucas Hernández, dieron las nuevas del virrey: “Su excelencia les manda a ynponer y en estas cosas tocantes del buen gobierno conbersyon y pulicia de los naturales della abiendo comencado a tratar dellas en el pueblo de Cepita por el primero”( [liv]). Habían juntado más de 10 mil indios, entre caciques, principales indios tributarios, urus y aymaras. Entre ellos, en representación de Ácora estaban los caciques Cristóbal Catacora y Antonio Cachi ([lv]).

Finalmente, tras ciertas vacilaciones iniciales, desde Potosí, el 5 de julio de 1574, dio el poder necesario a Juan Ramírez Zegarra nombrándole su corregidor para que haga asiento; funde hospitales y aplique la tasa a los 7 pueblos de Chucuito[lvi].

“[…] mando que el dicho corregidor señale luego siete sitios en las dichas cabeceras donde se funden y hagan los dichos siete hospitales […] procurara se edifiquen cerca de las yglessias y casas de sacerdotes o en la parte más comoda y sana que huviere en los dichos pueblos […] entre tanto  el dicho corregidor con el dicho bachiller Espinossa den la horden que mejor les pareciere de merced que desde luego se comience a poner en execucion la fundación de dichos hospitales […] la ciudad de Chucuito está sin yglessia y algunos otros pueblos de la dicha provincia tienen yglessias pequeñas que se han de alargar y acrecentar […] la dicha iglesia se trace y haga y las demás se acrecientes y rreparen cuando fuere necesario y si no bastare lo que por el dicho asiento y rrepartimiento de tassa  […] mando al dicho corregidor que lo haga guardar y cumplir como en esta provision se contiene la cual ponga en el archivo y caxa de comunidad de la dicha provincia y se asienta y ponga en el original del dicho asiento y Repartimiento de tassa que para todo ello le doy poder….Francisco de Toledo [firmado]”[lvii].

Fue así como se enfatizó nuevamente la “reducción” en territorio de Chucuito.

Extractando las ordenanzas toledanas, podemos corroborar que, para hacer más eficientes estos reordenamientos, “instruyó a los visitadores decretar qué viejos asentamientos deberían abandonarse a favor de los nuevos pueblos, considerando la opinión y la aceptación explícita de los caciques afectados y de sus curas doctrineros” ([lviii]).  He aquí tal ordenanza:

“(…) viendo los sitios del repartimiento en que estaban poblados todos y escogiendo en todo el repartimiento el sitio que más conviniese de temple que no hiciese notable mudanza del que ellos tenian (…) e tratandolo e consultandolo con los caciques e principales e indios menores e con el cura del dicho repartimiento”([lix])

Reloj Solar en la Plaza de Chucuito

Para ello, los caciques tenían “un plazo máximo de 2 años para la construcción y el poblamiento del nuevo asentamiento, a costa de la suspensión del cacicazgo y la destrucción de sus antiguas casas” ([lx]). Según las Instrucciones: “[…] passado el término que dieredes a los indios para se passar y hacer sus casas donde se mandaren reducir se les derriben y deshagan y echen por tierra las casas antiguas que antes tenían”([lxi]).

Además, todas ellas, debían ser, en la medida de lo posible, idénticas entre sí ([lxii]). Ellas tendrían un trazado en forma de damero, con calles rectas y una plaza cuadrada, en donde se construiría la iglesia, el ayuntamiento, la prisión y las casas del cura párroco y el carcelero. Es decir, Toledo ordenaba que las villas y las ciudades se crearan según las ordenanzas de las “Leyes Indias”.

Y, para garantizar el éxito del proyecto, Toledo aconsejaba en 1573 el nombramiento de “reducidores”, capaces de apremiar a los indios rezagados a pasarse al nuevo pueblo (Sarabia Viejo, 1986: I, 245). En el fondo en sí, el empeño era acabar con las migraciones temporales que hacían los lupacas por hábitos duramente arraigados. Pues, los aborígenes cambiaban con frecuencia de lugar, viajaban a los valles de la costa y de las yungas tropicales, porque era parte de su cotidianidad. Entonces, había que asegurar la permanencia del indio para que no abandonara el pueblo asignado y hacer efectiva su transformación en súbdito español ([lxiii]). Por lo mismo que manda: se ponga rigor.

Por otro lado, el propósito era también la destrucción de sus huacas y objetos sagrados, tal como se advierte en las mismas ordenanzas:

“(…) como sabreis e habreis entendido por vuestras instrucciones, el principal punto en que habeis de advertir para hacer las dichas reducciones es a que los dichos indios quiten de los lugares y sitios donde tienen sus idolatrias y entierros de sus pasados”([lxiv]).

Ordenaba también que, por tratarse de una reducción de indios, ningún “español” o ninguna persona no indígena­ residiese en los pueblos de indios. Sin embargo, esta prescripción sólo fue acatada de modo irregular en el periodo inicial, o mejor dicho, en Chucuito, fue letra muerta. Muchos españoles desde los aventureros familiares de la alta y mediana nobleza y delincuentes llegaron a ella. Primero, en busca de minas, luego parcelas de tierra con fuerza de trabajo indígena o fuentes de poder local.  De modo que, esta medida europea no duró mucho tiempo, pues, determinó un brusco cambio y tuvieron que hacer otras disposiciones como la de la separación de “españoles” del “pueblo de indios”, por el mismo caos y atrocidades generadas por los propios españoles establecidos en los pueblos cabeceros.

Así se impuso nuevamente el reasentamiento de los “reductos”, en el cual los indígenas ya laboraban en el servicio del tambeaje (en los tambos) y el servicio doméstico de los vecinos españoles que allí estaban asentados.

Se ordenó también que no se permita que los indios se bauticen en masa, sin que previamente estén adoctrinados pues retornan a sus idolatrías, y que ningún clérigo postulase a una doctrina fuese admitido sino conocía la lengua de los indios, y que los que tenían el cargo tenían un plazo para aprenderla, bajo apercibimiento de que si no la aprendía se le descontaría un tanto de su salario ([lxv]), etc.

Así, obedeciendo las demandas estratégicas virreinales de entonces, centenares de familias con hogares en ayllus y caseríos circundantes a la urbe, fueron obligadas a vivir en las reducciones.

En Chucuito, pese a los reiterados esfuerzos para concentrar la población indígena, las posteriores observaciones demuestran que seguían disgregados. Solo un grupo menor lo constituían aquellos habitantes indígenas concentrados en “pueblo de indios” o pueblo de cabecera, otros residían en sus espacios tradicionales.

CONCLUSIÓN

En Chucuito, las primeras reducciones, cualquiera que haya sido la medida, comprendieron dos fases, la política y la religiosa, una que ganaba indígenas para el Rey, y la otra, en la que los misioneros los conquistaban para la iglesia.

Primero fueron impulsadas por los frailes dominicos, quienes promovieron la congregación de las disminuidas poblaciones indígenas a pueblos de concepción hispana, a fin de facilitar su evangelización. Como prueba, dejaron patentizados sus templos en muchos pueblos de la región.

En 1549, el rey de España, de acuerdo con los miembros de su Consejo, había librado una provisión con fecha 9 de octubre dirigida a la Audiencia del Perú, en la que ordenaba que, luego de consultar con los miembros de la Iglesia, provea la mejor manera de que los indígenas se reduzcan a pueblos. La Audiencia promulgó unas ordenanzas en las cuales disponía se cumpla lo ordenado por el rey, pero no se pudo concretar nada debido a las guerras civiles y a la tenaz oposición de los encomenderos (Málaga Medina, 1974: 152).

En menos de seis años, de 1567 a 1573, la provincia de Chucuito fue el foco de tres visitas de representantes del Rey. Ahí está Garci Diez de San Miguel que lo hizo en 1567, el Oidor Recalde a principios de los años 70 (vino enviado por Real Audiencia de Charcas) y la de Juan Ramírez Zegarra en 1571 a la vez corregidor de Chucuito. Hasta que en 1572-1573, el mismo virrey Francisco de Toledo decretara la gran visita general y, ordenó hacer el empadronamiento de indios para controlar todo el virreinato. Esta diligencia se realizó en la provincia de Chucuito gracias a un colaborador íntimo suyo, Fray Pedro Gutiérrez Flores.

Tanto Toledo como los visitadores anteriores, como Fray Domingo de Santo Tomás en 1549 y el Licenciado Altamirano, corregidor de Potosí y oidor de la ciudad de Los Reyes (hacia 1553), habían encontrado a Chucuito con una división administrativa estructurada en siete cabeceras, sistema que, a decir de Julien (1993), los españoles recogieron para aplicar sus impuestos.

REFERENCIAS

FUENTES PRIMARIAS

Archivo Histórico Regional de Puno (AHRP)

Archivo Regional de Cusco (ARC)

Archivo General de la Nación, Argentina (Buenos Aires)

Archivo General de Indias (AGI): Charcas 56; Indiferente General 1260.

Archivo y Biblioteca Nacional de Bolivia (ABNB); EC 1579.6; EC 1593.19.

AHP – Archivo Histórico de Potosí. 1555, Real Provisión sobre los límites del Obispado de Charcas. Real Provisión otorgada por Carlos I, Rey de España, dirigida al Corregidor; Alcaldes Ordinarios y demás Justicias de la Provincia de Charcas; para que le señalen a Fray Tomás de San Martín, Obispo de dicha provincia, los límites de dicho obispado; en una sobrecarta que para ello manda y que ha de guardar dicho Obispo.

FUENTES SECUNDARIAS

AYALA, J. Luis. 2009. Juan Basilio Catacora Heredia. Protomártir de la independencia americana.

CARITA, Ariosto. 2020. Caciques del reino Lupaca en la provincia de Chucuito de la intendencia de Puno – 1786 – 1824. Revista Peruana de Antropología. Vol. 5, No. 6 (abril, 2020) ° ISSN 2309-6276.

CUNEO, Rómulo. 1977. Historia de los Cacicazgos Hereditarios del Sur del Perú. En Ignacio Prado Pastor (ed.), Obras Completas, pp. 295-489. Lima.

DIAZ REMENTERIA, Carlos. 1977. El cacique en el virreinato del Perú. Sevilla: Seminario de Antropología Americana, Universidad de Sevilla.

DIEZ DE SAN MIGUEL, Garci. 1567 (1964). Visita hecha a la provincia de Chucuito. Lima: Ediciones de la Casa de la Cultura del Perú.

GUAMAN POMA, Phelipe. 1600. Nueva Corónica y Buen Gobierno. París, 1936, MS.

GUTIÉRREZ, Pedro. 1574 (1964). Padrón de los mil indios ricos de la provincia de Chucuito. En: Díez de San Miguel (1567) 1964.

ISIDORO, Alberto Martín. 2011. Fichas y Fotos.  En Ficha de Cátedra: Las iglesias y los pueblos reduccionales en Chucuito. Buenos Aires, Cátedra de Arte americano I-UBA.

NOEJOVICH, Héctor Omar. 1988. Los repartimientos reales: el caso de Chucuito (Perú) en el siglo XVI. Pontificia Universidad Católica del Perú. La Iglesia y los Lupaqas.

SALLES, Estela & NOEJOVICH, Héctor. (2013). El repartimiento real de Chucuito en el Virreinato del Perú: La tributación temprana y su evolución, 1539-1547. Fronteras de la Historia, 18(2), 47-75.

VARGAS UGARTE, Rubén. 2017. Catálogo de los manuscritos de la colección. Universidad Antonio Ruiz de Montoya.


[i] Javier Enrique Robles Bocanegra: EL ROL PROTAGÓNICO DEL CORREGIDOR DE INDIOS EN EL ESTABLECIMIENTO DE LAS REDUCCIONES Y CABILDOS INDÍGENAS DURANTE EL RÉGIMEN DEL GOBERNADOR LOPE GARCÍA DE CASTRO, PERÚ 1564-1569. HISTORIA Y CULTURA 2018 N° 29 pp. 67 – 97.

[ii] Juan Pablo Mártir Rizo, Norte de príncipes y vida de Rómulo (Madrid: Instituto de Estudios Políticos,

1945), 15; Covarrubias, Tesoro, 591; Mumford, Vertical Empire, 3. Citado por Javier Enrique Robles Bocanegra en: HISTORIA Y CULTURA 2018 N° 29 pp. 67 – 97.

[iii] Roberto Levillier, Gobernantes del Perú, vol. I (Madrid: Sucesores de Rivadeneyra, 1921), 503, Carta del virrey conde de Nieva al rey, Lima, 26-XII-1562.

[iv] Escobedo, Ronald: El tributo indígena en el Perú (siglos XVI-XVII), 1979; Hampe, Teodoro: La encomienda en el siglo XVI. estudio socioeconómico de una institución colonial. Lima: PUCP, 1983. Impreso. Memoria Inédita; Zavala, Silvio. La encomienda indiana. México: Porrúa, 1992; Therese Bouysse Cassagne, 1987, pág. 27.

[v] De la repartición de Chucuito, se conoce las del 8 de marzo de 1533, las Reales Cédulas del 21 de mayo de 1534 y el del 6 de noviembre de 1535 al que la Historia atribuye el origen de la encomienda real de Chucuito.

[vi] Fernández de Oviedo, Historia General, V-146, 203, más otros, citado por Norman Meiklejohn: La Iglesia y los Lupaqas durante la Colonia, 1988, pág. 26. Ver también Estela Cristina Salles, “La evolución tributaria de Chucuito, sur del Perú, siglo XVI”, Journal of Iberian and Latin American Studies (Melbourne, Australia), (julio 2000); “Tributo y población en una encomienda real. Chucuito 1549-1574” (tesis, Universidad Nacional de Luján, Argentina, 2000) y “Cuestiones sobre Chucuito en el siglo XVI”.

[vii] Hampe, Teodoro. La encomienda en el siglo XVI: estudio socioeconómico de una institución colonial. Lima: PUCP, 1983, Memoria Inédita; Escobedo, Ronald. El tributo indígena en el Perú (siglos XVI-XVII). Pamplona: Universidad de Navarra, 1979; Zavala, Silvio. La encomienda indiana. México: Porrúa, 1992 y El servicio personal de los indios en el Perú. T. 1. México: El Colegio de México, 1978. Ver también Norman Meiklejohn: La Iglesia y los Lupaqas durante la colonia. 1988. pág. 26.

Ver También

[viii] Véase también Cristina Salles, Estela; Noejovich, Héctor Omar: El repartimiento real de Chucuito en el virreinato del Perú: la tributación temprana y su evolución, 1539-1547. En: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=83329725002

[ix]  Véase Cereceda, 1941; Echa Nove, 1955/56; Gutiérrez, 1999.

[x] El testimonio de Ramírez de Cartagena, Ciudad de Los Reyes, 16-IV-1573, en Levellier, 1924, VII, PP. 176-177.

[xi] Ante el asesinato de Francisco Pizarro, tanto el Cabildo de Lima, y el licenciado Cristóbal Vaca de Castro, le otorgaron poder para que se hiciera cargo de la «justicia y administración». En consecuencia, procedió a encomendar a los frailes dominicos y distribuir las demarcaciones religiosas de Chucuito, principalmente.

[xii] Véase Norman Meiklejohn, La Iglesia y Los Lupaqas Durante la Colonia: 1988, 43. Y  J. Alberto Cuentas Zavala en Álbum de Oro, Tomo XI, Pág. 71, 1987.

[xiii] La aclaración es nuestra.

[xiv] [Real Provisión sobre los límites del Obispado de Charcas]. Real Provisión otorgada por Carlos I, Rey de España, dirigida al Corregidor; Alcaldes Ordinarios y demás Justicias de la Provincia de Charcas; para que le señalen a Fray Tomás de San Martín, Obispo de dicha provincia, los límites de dicho obispado; en una sobrecarta que para ello manda y que ha de guardar dicho Obispo. 1555-ene-[ ]. 2f. Catálogo de los manuscritos de la colección Rubén Vargas Ugarte. 2017, Universidad Antonio Ruiz de Montoya.

[xv] Los pueblos de indios, reducciones indígenas o cabeceras de doctrina, fueron asentamientos de indígenas que existieron durante la evangelización española de América.

[xvi] EXTRACTOS DEL LIBRO INÉDITO «LA VILLA DE ÁCORA» DE JOSÉ PORTUGAL CATACORA. recuperado el 18/ 05/2018.

http://joseportugalcatacora.blogspot.com/p/acora.html

[xvii] El testimonio de Ramírez de Cartagena, Ciudad de Los Reyes, 16-IV-1573, en Levellier, 1924, VII, PP. 176-177.

[xviii] Diego de Esquivel y Navia: Noticias Cronológicas de la Gran Ciudad del Cuzco. Lima: Fundación Wiese, 1980; también en, Lohmann Villena, Guillermo: Los americanos en las Órdenes Nobiliarias. Madrid: CSIC, 1993.

[xix] Diego de Esquivel y Navia: Noticias Cronológicas de la Gran Ciudad del Cuzco. Lima: Fundación Wiese, 1980; también en, Lohmann Villena, Guillermo: Los americanos en las Órdenes Nobiliarias. Madrid: CSIC, 1993.

[xx] Colección de documentos para la historia de la formación social de Hispanoamérica, 1493-1810, 3 vols. Madrid: CSIC, 1953- 1962, II/1 (1958), pp. 71-85. Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias. Madrid: Ediciones de Cultura Hispánica, 1973, ley 1, tít. V, lib. VI. Recopilación de las Leyes de Indias, ley 5, tít. III, lib. VI.

[xxi] Tasa de Chucuito por don Hurtado de Mendoza marques de Cañete, 15-XII-1559,” Cajas Reales, Libro de las tasas 1555, Archivo Histórico de Potosí.

[xxii] El primero, pasó al Perú en 1541 y sirvió bajo las órdenes del virrey Blasco Núñez Vela y del licenciado Pedro de la Gasca en las Guerras Civiles; avecindado en el Cuzco, se encargó de este acontecimiento de Chucuito de 1549. El segundo, era aliado de De la Gasta y como tal nombrado capitán general. El virrey del Perú Antonio de Mendoza, al llegar a Lima en 1551, también lo nombraba gobernador y capitán general de la provincia de Charcas.

[xxiii] Las crónicas y documentos varios de la época, así como los vestigios físicos de distribución urbana, nos acercan a un entendimiento de que, sí hubo estas formalidades en esta primera disposición de la naciente provincia de Chucuito colonial.

[xxiv] En 1545 fue elegido prior del Convento del Santísimo Rosario de Lima. Y después, el Capítulo provincial de 1548 le nombró Predicador General y Lector de Teología del convento de Lima. Durante el año 1549, como miembro de la comisión formada por el gobernador Lic. Pedro de La Gasca, junto al arzobispo Loayza, el provincial fray Tomás de San Martín, O.P. y el oidor Andrés Cianca, participó en la tasación de los tributos con la finalidad de limitar la sobreexplotación de los indígenas. En 1551 fue nombrado Visitador General de la Provincia y al año siguiente Vicario General. Durante el año 1562, recorrió parte del virreinato peruano desde Lima hasta La Plata asistiendo a numerosas juntas con los caciques para tratar el negocio de la compra de la perpetuidad de las encomiendas junto al Lic. Polo de Ondegardo, comprobando la negativa de los naturales.

[xxv] Pedro Cieza de León: La Crónica del Perú. Capítulo CIV. Que trata en que se continua este camino y se declaran los pueblos que hay llegar a Tiaguanaco.

[xxvi] Ibidem.

[xxvii] Lope García de Castro (Villanueva de Valdueza, 1516 – Madrid, 8 de enero de 1576), fue un licenciado en leyes y militar español que llegó a ser gobernador provisional del Virreinato del Perú y presidente de la Real Audiencia de Lima desde 1564 a 1569. No ostentó el título de virrey, pero estuvo investido de amplias facultades gubernativas, con la tarea de imponer orden en el territorio, amenazado por múltiples revueltas y con gravísimos problemas administrativos. Fue nombrado desde España (16 de agosto de 1563) para suplantar al virrey Conde de Nieva y a hacerse cargo del gobierno. Demoró su viaje a América, llegando a Paita (Perú) el 11 de agosto de 1564 y finalmente al Callao el 24 de octubre del mismo año. Para entonces ya el virrey Conde de Nieva ya había fallecido hacía meses, en misteriosas circunstancias. Este funcionario, fue el primer impulsor fundamental del proceso de consolidación del Estado virreinal en el Perú.  Estableció los corregimientos de indios y a través de ella, la presencia del Estado en los pueblos indígenas, gracias a la cultura política de sus magistrados.

[xxviii] El Gobernador, en carta enviada al rey, informó que todos los indios del Perú trataban de levantarse, y que la causa de estas alteraciones era el foco de la resistencia.

[xxix] Waldemar Espinoza Soriano (1964: 5). Cedula de su Majestad para Visitar la Provincia de Chucuito. En: Visita Hecha a la Provincia de Chucuito por Garci Diez de San Miguel en 1567.

[xxx] Testimonios, cartas y manifiestos indígenas: desde la conquista hasta comienzos del Siglo XX, Escrito por Martin Lienhard, 1992, pág. 171.

[xxxi] Lope García de Castro, al no haber Virrey, ostentaba el título de Gobernador y Capitán General del Virreinato del Perú, así como el de Presidente de la Real Audiencia de Lima, otorgado por el rey Felipe II.

[xxxii] Según Ayala, 2009:25.

[xxxiii] La fundación de pueblos o la modificación de estos, exigía una autorización especial que solo podía darla el Virrey o el Oidor, mas no era facultad de los corregidores. En este caso Lope García de Castro, ostentaba el título de Gobernador y Capitán General del Virreinato del Perú, así como el de presidente de la Real Audiencia de Lima, otorgado por el rey Felipe II.

[xxxiv] Se tenía la idea de que estas reducciones o Villas de población nativa, debían funcionar como medio de civilización y como centros de control político, fiscal, religioso y espiritual sobre la población rural.

[xxxv] Los encargados de visitar la tierra, nombrados por el mismo Virrey (Gobernador en este caso), incluían oidores y fiscales de las Audiencias de Lima y Charcas, capitanes, miembros de las órdenes de caballería, profesionales y destacados vecinos de las principales ciudades quienes, acompañados por visitadores eclesiásticos, un alguacil, un escribano y un intérprete, deberían trasladarse personalmente a planicies y quebradas en busca de los indios. Nosotros, creemos que el oidor de la Audiencia de Charcas, Lic. Juan de Matienzo, intervino en este proyecto. Pues está claro que, para la reorganización política y económica del Virreinato, abogó en su “Gobierno del Perú” [1566] por una generalizada política de reducción de los hogares indígenas dispersos en pueblos e, inclusive, diseñó un modelo para los nuevos asentamientos. También se sabe que, siete años más tarde, el mismo Matienzo acompañaría al Virrey Toledo en sus campañas de reducción.

[xxxvi] Peter Bakewell y Waldemar Espinoza destacaron la obra política del gobernador García de Castro, estableciendo que los corregidores de indios expandieron el poder real en los asentamientos rurales indígenas. También resaltaron su labor en el impulso inicial de las reducciones.

[xxxvii] La teoría política castellana del siglo XVI permitió al corregidor de indios—con mayor performance—planificar, ejecutar y establecer las reducciones.

[xxxviii] Crónicas Puneñas: “Los Catacora y su Principado”, Elogio de Acora y de su Pasado. 1980, pág. 6.

[xxxix] Instituidos en 1565 por el gobernador Licenciado Lope García de Castro, aunque con efectiva implementación en Charcas durante la década de 1570, los corregidores de indios encarnaron el ejercicio de la jurisdicción real sobre un colectivo de repartimientos indígenas, como oficiales de justicia en primera instancia en los fueros civil y criminal, y como encargados de la exacción tributaria para su posterior entero en las Cajas Reales (Lohmann Villena, 2001 [1957]: 68-77; Tord Nicolini, 1974; Stern, 1986 [1982]: 121-128; Andrien, 1986; Assadourian, 1987; Cook, 2003; Barriera, 2014; Sica, 2014; Robles Bocanegra 2015).

[xl] Alfonso Torres Luna: Puno histórico pág. 145.

[xli] Toledo pasó a la historia como el verdadero organizador del Virreinato, sin embargo, a pesar de su eficaz labor administrativa en beneficio de la colonia, fue acusado de malversación de bienes.

[xlii] Francisco de Toledo, gobernó el virreinato del Perú desde el 30 de noviembre de 1569 hasta el 1º de mayo de 1581, un total de once años y cinco meses.

[xliii] La más notoria de todas ellas fue aquella de 1572, cuando mandó a perseguir y capturar al caudillo Túpac Amaru I en Vilcabamba y, a quien, tras destruir la ciudad, ordenó su ejecución en la plaza mayor del Cuzco, el 14 de noviembre de 1572, en un acto público ejemplificador.

[xliv] Zimmerman (1938, p.172), citado en Toledo y los Lupacas: Las Tasa de 1574 y 1579. Editado por Catherine J. Julien y otros 1998, parte preliminar XX.

[xlv] Lisson Chávez (1943-1947. Tomo I, pp.624-55), citado en Toledo y los Lupacas: Las Tasa de 1574 y 1579. Editado por Catherine J. Julien y otros 1998, parte preliminar XX, XXII.

[xlvi] Toledo al rey, Potosí, 20 de marzo 1573, Archivo General de Indias, Lima 29, no. 5, ff. 16v, 32r, citado ´por Jeremy Ravi Mumford: Nuevos avances en el estudio de las reducciones toledanas, pág. 129.

[xlvii] Fraser Valerie: “The architecture of conquest; Building in the viceroyalty of Perú, 1335-1635. Cambridge Iberian and Latin American Studies. Cambridge University Press, London, 1990, pp. 11-20.

[xlviii] S.i.

[xlix] Una suerte de municipio indígena que “debían levantarse en el sitio más apropiado, aquel que tuviera buen clima y abundancia de tierras; y los visitadores debían decretar qué viejos asentamientos deberían abandonarse a favor de los nuevos”. Con esta medida, Toledo buscó el reasentamiento de la totalidad de la población indígena en reducciones. Se les denominó la “República de indios”. Núcleos urbanos de más o menos 400 familias indígenas, con su propio ayuntamiento, con mecanismos económicos, sociales y políticos exclusivamente hechos para ellos, y muy diferentes a la “República de españoles”. Una planificación demográfica que se regía por otra jurisprudencia, hecha a la medida de los explotadores.

[l] Pedro Gutiérrez Flores, nacido en Brozas, villa de Extremadura, aproximadamente en 1538. Vino al Perú acompañando a Toledo en 1569 (Eguiguren, 1940, p.147; 1951, pp. LXXIII, 484). Se sabe que hacia 1571 estuvo visitando Paucar Colla y Hatun Colla luego de Yucay (Pease, 2014). En diciembre de 1572, visitó por orden del virrey Toledo las doctrinas dominicanas de Zepita, Pomata y Yunguyo, para continuar en enero del año siguiente con la doctrina de Juli y el repartimiento de Copacabana (Según el mismo Gutiérrez Flores citado por Pease, 2014). Posteriormente, fue nombrado visitador de la Universidad Mayor de San Marcos de Lima, donde se graduó de doctor y ocupó el doctorado a partir de 1580. En la historia de Chucuito, Fray Pedro Gutiérrez Flores visitó la provincia entre 1572 y 1574 a instancias de Toledo. De esta Visita se conservan dos fragmentos en el Archivo General de Indias: el Padrón de los mil indios ricos (AOl, Contaduría, leg. 1787) y la Visita secreta sobre la conducta de los religiosos de Santo Domingo en las doctrinas de Chucuito (Aol, Lima 28-A). Citado por Teresa CAÑEDO-ARGUELLES: La organización del poder indígena en el Colesuyo (siglo XVJ). Revista Complutense de Historia de América. n.9 19,21-5!, Edit. Complutense, Madrid, 1993, pag 5. Universidad Complutense de Madrid.

[li] Juan Ramírez Zegarra, nacido en Sevilla y avecindado en Arequipa, era alto funcionario y tuvo vinculaciones muchas durante años con la región del Altiplano en la primera etapa de la vida colonial en América. En 1572, cuando Toledo ordenó la visita, era gobernador de Chucuito (Caravantes, 1965, I. pp. 258-259) y, dos años después, corregidor en la misma provincia. Fue también nombrado visitador del Cusco y su provincia junto con Frey Pedro Gutiérrez Flores (Romero, 1924, pp.12-123). “Gozó la encomienda de Cabana (Collao), otorgado por dos vidas con 1200 pesos de renta al año (Revista de Archivos y Bibliotecas Nacionales, 1, N° 1, Lima 30-IX-1898, pp. 65-73). Casó primero con Ana Marmolejo, y después con Isabel de Guzmán y Romaní, hija del factor Bernaldino Romaní (Busto Duthurburu, 1953)”. (Tomado de Franklin Pease G.Y.: “Del Tahuantinsuyo a la Historia del Perú”.  Universidad Católica – Lima, 2014).

[lii] Levillier Roberto: “Gobernantes del Perú. Colección de cartas y papeles. Siglo XVI, 1921-1926, tomo V. pp. 111-115.

[liii] Un pueblo de indios se establecía como tal cuando su población había sido objeto de un empadronamiento, se les fijaba una tasa (obligación de tributo) y tenían asignado un padre de doctrina que aseguraba el adoctrinamiento en el templo, todos los días, mañana y tarde, para los niños, y los domingos para los adultos. Aunque al principio pudiera ser una simple ramada, la existencia del templo concretaba la existencia del pueblo y el cumplimiento de la orden de reducción.

[liv] Toledo y los Lupacas: Las Tasa de 1574 y 1579, /f.4/. Editado por Catherine J. Julien y otros 1998.

[lv] Ibídem.

[lvi] Toledo y los Lupacas: Las Tasa de 1574 y 1579. Editado por Catherine J. Julien y otros 1998, parte preliminar XX.

[lvii] “Provisión de la tasa de Chucuito y comisión para hazer el repartimiento della”. AGI, Contaduría 1787, Tasa, ff. 1-120v. Toledo y los Lupacas: Las Tasa de 1574 y 1579. Editado por Catherine J. Julien y otros 1998.

[lviii] Carolina Jurado: La visita general del Virrey Toledo: instrucciones y método, en, “Las reducciones toledanas a pueblos de indios: aproximación a un conflicto. El repartimiento de Macha (Charcas), siglo XVI”, 2006: 07. Revista: Cahiers des Amériques Latines. Université Sorbonne Nouvelle. Institut des Hautes Études de l’Amérique Latine. ISSN: 1141-7161, e-ISSN: 2268-4247. Idioma: Español.

[lix] Sarabia Viejo, 1986: I, 281 citado por Carolina Jurado: La visita general del Virrey Toledo: instrucciones y método, en, “Las reducciones toledanas a pueblos de indios: aproximación a un conflicto. El repartimiento de Macha (Charcas), siglo XVI”, 2006: 07. Revista: Cahiers des Amériques Latines. Université Sorbonne Nouvelle. Institut des Hautes Études de l’Amérique Latine. ISSN: 1141-7161, e-ISSN: 2268-4247. Idioma: Español.

[lx] Carolina Jurado: La visita general del Virrey Toledo: instrucciones y método, en, “Las reducciones toledanas a pueblos de indios: aproximación a un conflicto. El repartimiento de Macha (Charcas), siglo XVI”, 2006: 07. Revista: Cahiers des Amériques Latines. Université Sorbonne Nouvelle. Institut des Hautes Études de l’Amérique Latine. ISSN: 1141-7161, e-ISSN: 2268-4247. Idioma: Español.

[lxi] Romero C. (1924:166), “Libro de la Visita General del Virrey Don Francisco de Toledo, 1570-1575”, en Revista Histórica, vol. 7, N° 2, Lima, Instituto Histórico del Perú, pp. 116-216, citado por Carolina Jurado: La visita general del Virrey Toledo: instrucciones y método, en, “Las reducciones toledanas a pueblos de indios: aproximación a un conflicto. El repartimiento de Macha (Charcas), siglo XVI”, 2006: 07. Revista: Cahiers des Amériques Latines. Université Sorbonne Nouvelle. Institut des Hautes Études de l’Amérique Latine. ISSN: 1141-7161, e-ISSN: 2268-4247. Idioma: Español.

[lxii] El oidor de la Audiencia de Charcas, Lic. Juan de Matienzo, quien acompañó al Virrey Toledo en sus campañas de reducción, tenía ya diseñada un modelo para los nuevos asentamientos (Carolina Jurado:

[lxiii] La Visita de Toledo para la provincia de Chucuito (AGN, Buenos Aires, S. IX. 17-2-5;1 Julien et al., eds., 1993); el libro general de la visita del virrey Toledo de 1570-75 (Romero 1924) y la tasa general de la visita de este virrey (Cook, ed., 1975).

[lxiv] Sarabia Viejo M. J. (1986: I, 281-2): “Francisco de Toledo. Disposiciones gubernativas para el Virreinato del Perú, 1569-1574”. Sevilla, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 2 tomos.

[lxv] Esto dio lugar para que en la Universidad de Lima se crease una cátedra de lengua general.

¿Cuál es Su Reacción?
Excited
0
Happy
0
In Love
0
Not Sure
0
Silly
0
Desplazarse A La Parte Superior